En esta segunda convocatoria de ayudas del Kit Digital destinadas al segmento II (empresas entre 3 y 9 empleados), se podrán solicitar a partir del 2 de setiembre durante 12 meses o hasta agotar el presupuesto.
Descripción
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.
Características de la Ayuda
El programa proporcionará a las empresas un bono de digitalización que podrán utilizar para comprar soluciones digitales ya disponibles en el mercado en ámbitos como la elaboración y gestión de páginas web, presencia en internet, comercio electrónico, gestión de clientes, ciberseguridad, gestión de proveedores y oficina digital.
También podrán destinarse a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas, siempre que supongan una mejora funcional.
El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
Se establecen los siguientes segmentos de beneficiarios:
Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.
No podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos.
Requisitos para Solicitar la Ayuda
Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
No tener consideración de empresa en crisis.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No superar el límite de ayudas minimis.
Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
Categorías de Soluciones Digitales
Las empresas que accedan a este programa a través de la convocatoria pública recibirán un bono digital que identificará la cuantía económica que dispondrán para utilizar en las soluciones digitales que mejor se adapten a sus necesidades. Estas soluciones digitales se podrán elegir de un amplio catálogo. Se han identificado inicialmente diez categorías:
Presencia en internet y sitio web
Comercio electrónico
Gestión de redes sociales
Gestión de clientes y/o proveedores
Business Intelligence y analítica
Servicios y herramientas de oficina virtual
Gestión de procesos
Factura electrónica
Comunicaciones seguras
Ciberseguridad
Para mayor información:
El importe máximo del bono para las empresas del segmento II, es de 6.000 euros
Bases reguladoras: Disposición 24251 del BOE núm. 184 de 2022