El pasado año 2023 se dictaron una serie de medidas en materia de Seguridad Social que tenían por objeto reforzar la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, así como garantizar el poder adquisitivo de las pensiones, de las que les informamos oportunamente a través de nuestra Circular de fecha 14/4/2023.
Una de esas nuevas medidas afecta directamente a todas las empresas y personas trabajadoras con salarios elevados, quienes a partir del año que viene verán incrementados sus costes de Seguridad Social.
Efectivamente, a partir de 1/1/2025, cuando una persona trabajadora perciba un salario superior a la base máxima de cotización a la Seguridad Social establecida (que actualmente es de 4.720,50 € mensuales, aplicable en salarios de cuantía igual o superior a 56.646 euros brutos anuales), se verán incrementados los costes de cotización a la Seguridad Social por la aplicación de la denominada “cuota de solidaridad”.
Se trata de una cotización adicional -un porcentaje adicional aplicable sobre el exceso de la base máxima de cotización- que no computa a efectos de prestaciones y que durante el próximo año 2025 se determinará de la siguiente forma:
Sobre la cantidad comprendida entre la base máxima de cotización y un 10% de esa base máxima: un 0,92%
Sobre la cantidad que supere el 10% y hasta el 50% la base máxima de cotización: un 1%
Y sobre la cantidad que supere el 50% de la base máxima de cotización: un 1,17%
La distribución de esa cuota de solidaridad que corresponde abonar a la empresa y al trabajador se llevará a cabo en la misma proporción que las cuotas por contingencias comunes (actualmente un 83,4% a cargo de la empresa y un 16,6% a cargo del trabajador).
Quedamos como siempre a su entera disposición para cuantas aclaraciones precisen.