Con la aprobación de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, entre otras cuestiones, se recoge una serie de medidas destinadas a reducir la morosidad comercial, siendo las más importantes:
Información en las cuentas anuales
Las sociedades cotizadas, y las no cotizadas que no presenten cuentas anuales abreviadas, deberán también informar en la memoria (y en su página web, si la tienen) del volumen y número de facturas pagadas sin superar los plazos de la normativa de morosidad, y porcentaje del total que representan.
Contratación Pública
Se modifica la Ley de Contratos del Sector Público para habilitar al órgano de contratación para que, en caso de impago del contratista a subcontratistas o suministradores en los plazos establecidos por Ley, pueda imponerse una penalidad.
Subvenciones
Se modifica la Ley General de Subvenciones para establecer como requisito de acceso a subvenciones superiores a € 30.000, acreditar el cumplimiento de los plazos de la Ley de Morosidad.
Competencia Desleal
Se modifica la Ley de Competencia Desleal para prever expresamente que se considera desleal el incumplimiento reiterado de las normas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
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