En los últimos años se han dictado diversas disposiciones legales de índole laboral que comportan nuevas obligaciones para las empresas.
En el siguiente cuadro enumeramos aquellas que hemos considerado más relevantes, así como las cuantías de las sanciones administrativas derivadas de su incumplimiento:
ACTUACIONES A REALIZAR |
Sanción por su incumplimiento |
Registrar cada día la jornada laboral de los trabajadores |
De 751 a 7.500 € |
Llevar un registro retributivo con los valores medios de los salarios por sexos y puestos de igual valor |
De 751 a 7.500 € |
Implementar un Plan de Igualdad en empresas de 50 o más trabajadores o cuando lo establezca el Convenio colectivo de aplicación |
De 7.501 a 225.018 € |
Informar a los trabajadores fijos discontinuos de los puestos vacantes de carácter fijo ordinario existentes |
De 70 a 750 € |
OTRAS OBLIGACIONES A TENER EN CUENTA |
Sanción por su incumplimiento |
Dar de alta a los trabajadores en la Seguridad Social |
De 751 € a 225.018 € por persona |
Respetar los límites legales en materia de jornada máxima, descansos, horas extraordinarias y vacaciones |
De 751 a 7.500 € |
Prevención de riesgos laborales: llevar a cabo un conjunto de actuaciones como una evaluación de los riesgos, un plan de prevención, proporcionar formación e información a los trabajadores, vigilancia de la salud… |
De 2.451 € a 983.736 € |
Formalizar contratos temporales sólo cuando concurran las causas de temporalidad legalmente establecidas |
De 1.000 a 10.000 € por persona |
Emplear a trabajadores extranjeros que cuenten con autorización de trabajo en vigor en todo momento |
De 10.001 a 100.000 € por persona |
Contratar personas discapacitadas (en empresas de 50 o más trabajadores) |
De 751 a 7.500 € |
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